Imagen (central) tomada en la fiesta de Independencia de México 2019, donde la compañía automotriz BRP exhibió su vehículo con el lema “Diseñado en Canadá, manufacturado en México”. La innovación y las prácticas deportivas se suman a una noción amplia del intercambio entre las dos naciones. (Foto: Oscar Mora).
El T-MEC y las industrias culturales
Cristina Oropeza y Soileh Padilla Mayer
OTTAWA. A raíz de la firma del nuevo acuerdo entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC, CUSMA o USMCA) que sustituirá al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) -una vez que sea ratificado por los legislativos de los últimos dos países- anticipamos un nuevo escenario en torno a las industrias culturales.
Durante las negociaciones, los representantes canadienses dejaron en claro que entre sus principales prioridades estaban la defensa y la protección de la cultura e identidad canadiense, expresada en su famosa cláusula de “excepción cultural”. Este principio fue promovido en el tratado original y conservado en el actual. De hecho, desde 1980 Canadá ha sido consistente en promover la inclusión de esta cláusula en todos los acuerdos de libre comercio que ha firmado[1].
La excepción cultural como tal le permite al gobierno federal canadiense y a los gobiernos provinciales adoptar programas en apoyo a la creación y a la distribución de contenido cultural canadiense, lo que algunos consideran una forma de proteccionismo ya que exenta de las disposiciones de libre comercio a cualquier producto con contenido cultural que Canadá determine.
En un escenario diferente al que se tuvo durante la primera negociación en la década de los 90, la era digital plantea nuevos retos vinculados al desarrollo de tecnologías que abren un abanico de industrias culturales, incluidos el desarrollo, la producción y la comercialización de productos como los videojuegos, los libros electrónicos, los audiolibros, las imágenes digitales, las fotografías bajo licencia y la música en línea, entre otros.
Aún no queda claro bajo qué reglas operarán estos “nuevos” productos dado que la definición de industrias culturales no se actualizó en el nuevo acuerdo, por lo que se siguen contemplando únicamente sus vertientes más tradicionales[2] aunque no se descarta que pudieran ser objeto de un trato diferenciado de acuerdo con las disposiciones sobre la propiedad intelectual, el comercio electrónico, la inversión o los servicios.
En ese sentido, el tratado contempla una exención al trato no discriminatorio de productos digitales en general que, en la práctica, implica preservar los subsidios del gobierno a este tipo de creaciones[3]. Esto, trasladado al área cultural, resulta relevante ya que es un pilar importante de la política canadiense y tan solo el Ministerio de Patrimonio[4] contempla entre su portafolio a 39 programas de fondeo destinados a diferentes manifestaciones culturales.
Ambas medidas obedecen tanto a una realidad identitaria como económica del país, ya que a través de la cultura Canadá busca diferenciarse de su vecino del sur, y de conformidad con la Estrategia de Exportación Creativa de Canadá[5] en 2017 estas industrias significaron 53.1 mil millones de dólares canadienses (mddc) del PIB y más de 665 mil empleos directos; y conforme a la Cuenta Satelital de la Cultura[6] en ese mismo año Canadá exportó 15.7 mil mddc de productos culturales, entre los que destacan como principal rubro las artes visuales y aplicadas.
En 2016, en la Galería Nacional de Canadá, se llevó a cabo una exposición de Rufino Tamayo, con enorme éxito de asistencia. A través de sus grandes artistas plásticos, la circulación de los mexicano es una demanda permanente en las relaciones bilaterales. En la segunda imagen, una de las “arañas” de la artista Louise Bourgeois sobre la explanada de la Galería Nacional de Canadá. (Fotos: Soileh Padilla Mayer).
Según Canadianart[7], el impacto económico de las industrias culturales supera al de la agricultura y los bosques, productos tradicionales del comercio canadiense, por lo que no es de sorprender que el mantener el sistema de excepción en este ámbito haya sido para el gobierno una condición sine qua non. Aunado a ello, de acuerdo con el Ministerio de Patrimonio en 2016 el total de la exportación canadiense de productos culturales a México ascendió a 236.7 mddc mientras que la balanza comercial en ese rubro le representa un déficit con nuestro país de 338.9 mddc.
Lo anterior demuestra que Canadá tiene un reto para conciliar su determinación por proteger sus industrias culturales y también para potencializar su crecimiento y su proyección hacia el exterior, sobre todo en un mundo en que la irrupción digital ofrece una oportunidad enorme para la cocreación, la difusión a gran escala, la generación de nuevos públicos y las oportunidades de financiamiento social (crowdfunding), entre otras, donde las interacciones escapan al anclaje de las políticas domésticas.
En ese sentido, una creación de productos culturales norteamericanos (con componentes mexicanos, canadienses y estadounidenses) representaría quizá una mayor oportunidad y un incentivo para este tipo de industrias en ambos países; en lugar de mantener una excepción de corte proteccionista que claramente atiende a una narrativa fundacional, se podrían explorar nuevos modelos siguiendo la misma lógica de las cadenas de valor y aprovechando las complementariedades de nuestras respectivas economías.
Entendiendo que los productos culturales son portadores de identidades y no simples mercancías, el hecho de incluirlos en una lógica de mercado no necesariamente afectaría su esencia sino que, por el contrario, el objetivo sería estimular la generación de más y mejores condiciones para que estas industrias puedan alcanzar su potencial y transmitir los valores y mensajes que les dan razón de ser.
portalgrecu@gmail.com
11 de noviembre de 2019.
[1] Ver From NAFTA to CUSMA: The Changes, The Additions and What Remains, de la Conference Board of Canada, p.6 consultado en https://www.conferenceboard.ca/temp/48b6926e-b6c2-4285-827c-c56c630ec887/10323_From%20NAFTA%20to%20CUSMA_RPT.pdf (consulta el 25.10.19)
[2] Capítulo 32 del acuerdo sobre Excepciones y Disposiciones Generales en su artículo 32.6 sobre Industrias Culturales.
[3] Ver artículo 19.4
[4] https://www.canada.ca/en/canadian-heritage/services/funding.html
[6] https://www150.statcan.gc.ca/n1/daily-quotidien/190613/dq190613b-eng.htm
[7] https://canadianart.ca/news/culture-industries-have-58-9-billion-impact-in-canada/